¿Qué es la carta de invitación?
La carta de invitación es el documento oficial mediante el cual un ciudadano español, comunitario o extranjero residente legal en España invita a un extranjero a alojarse en su domicilio durante una estancia de carácter turístico o privado, comprometiéndose a costear los gastos de alojamiento durante el periodo de estancia. Se tramita ante la Comisaría de Policía del lugar de residencia del invitante.
¿Quién puede solicitar la carta de invitación?
Puede solicitarla un ciudadano español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o beneficiario del régimen comunitario, o un extranjero extracomunitario con residencia legal en España, a favor de un extranjero que pretenda acceder al territorio español por motivos turísticos o privados.
Solo es necesaria cuando el visitante extranjero va a alojarse en un domicilio privado. Quienes dispongan de reserva de hotel, apartamento turístico o viaje organizado no necesitan este documento, aunque sí pueden tener que acreditar dicha reserva como justificante de alojamiento.
Aviso legal importante: El Código Penal tipifica como delito en su artículo 318 bis promover, favorecer o facilitar el tráfico ilegal o la inmigración clandestina. La invitación implica una declaración de veracidad del invitante, que asume responsabilidad sobre la información proporcionada en la solicitud.
Cómo se tramita la carta de invitación
El invitante solicita cita previa en la Comisaría de Policía de su lugar de residencia a través de la sede electrónica de la Policía Nacional.
Se aporta el impreso oficial con los datos del invitante, del invitado y el periodo previsto de estancia (máximo 90 días), además del justificante de pago de la tasa correspondiente.
La Policía valora la veracidad de los datos, la validez de la documentación y la identidad del solicitante, pudiendo citar al invitante a una entrevista personal.
Si la resolución es favorable, se expide la carta, que debe recogerse y remitirse a la persona invitada para su uso en el puesto fronterizo o ante el consulado.
Dato práctico: El trámite no es inmediato: requiere resolución favorable, expedición y entrega antes de poder remitirse a la persona invitada, por lo que conviene solicitarla con suficiente antelación al viaje.
Datos y tasas de la carta de invitación
- Solicitud de expedición de carta de invitación, con datos completos del invitante y del invitado
- Periodo previsto de estancia, con un máximo de 90 días
- Justificante de pago de la tasa correspondiente (modelo 790, código 012)
- La validez de la carta concedida se extiende durante los nueve meses siguientes a la notificación de la resolución favorable
Preguntas frecuentes sobre la carta de invitación
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