¿Qué es ser apátrida?
Un apátrida es toda persona que no sea considerada como nacional suyo por ningún Estado, conforme a su legislación. España cuenta con un procedimiento específico, regulado por el RD 865/2001, para reconocer el Estatuto de Apátrida, que otorga residencia, derecho a trabajar y documento de viaje.
¿A quién aplica el estatuto de apátrida?
Aplica a cualquier persona que se encuentre en España y manifieste carecer de nacionalidad, conforme a la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954. España es uno de los pocos países con un procedimiento administrativo específico para este reconocimiento, lo que ofrece un grado considerable de seguridad jurídica. En la práctica, la gran mayoría de solicitantes y beneficiarios en España son personas de origen saharaui.
Importante: La solicitud debe presentarse estando en territorio español, en el plazo de un mes desde la entrada. Permanecer en situación irregular durante más de un mes, o tener incoada una orden de expulsión, hace que la solicitud se presuma manifiestamente infundada.
Cómo se tramita el reconocimiento
- Solicitud dirigida a la Oficina de Asilo y Refugio (OAR), con datos personales completos y exposición detallada de los hechos
- Aportación de los documentos de identidad o de viaje disponibles, o justificación de su carencia
- El Ministro del Interior resuelve, a propuesta de la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio (CIAR)
- Durante la tramitación puede autorizarse la permanencia provisional en España
Dato práctico: La normativa no fija un plazo máximo estricto, aunque la ley general prevé tres meses orientativos. En la práctica, las resoluciones suelen tardar más de seis meses por la carga de trabajo del Ministerio.
Preguntas frecuentes sobre el apátrida
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