Renovar la visa de nómada digital en España es el trámite que toca a quienes obtuvieron su autorización de teletrabajo internacional en 2023 o 2024 y se acercan al final de su primer periodo. La autorización de residencia para el teletrabajo internacional sigue el esquema conocido como «3+2»: una concesión inicial de tres años (si se pidió desde España ante la UGE) y renovaciones posteriores de dos años en dos años, mientras se mantengan las condiciones que dieron origen al permiso.
La renovación no es un mero trámite de sellado. La administración vuelve a comprobar que sigues teletrabajando para empresas o clientes de fuera de España, que mantienes ingresos por encima del umbral exigido, que estás al día con la Seguridad Social o con un seguro médico adecuado y que has residido de forma efectiva en el país. Por eso conviene preparar la renovación de la autorización de nómada digital con varios meses de antelación y no esperar a que la tarjeta esté a punto de caducar.
En esta guía explicamos el calendario de la renovación (cuándo se puede presentar y hasta cuándo), los requisitos que se revisan, la documentación habitual, cómo se tramita ante la UGE y qué margen existe si tus ingresos han bajado respecto al momento de la primera concesión. Es información general: cada expediente tiene particularidades y conviene revisarlo antes de presentar.
Calendario: cuándo se presenta la renovación
El calendario de la renovación de la visa de nómada digital se rige por las reglas generales de las autorizaciones de residencia en España:
- Puedes presentar la solicitud de renovación durante los 60 días naturales anteriores a la fecha de caducidad de tu autorización.
- También se admite presentarla dentro de los 90 días naturales posteriores a esa caducidad, aunque presentarla fuera de plazo puede conllevar una sanción y no es recomendable.
- La presentación en plazo prorroga la validez de la autorización anterior hasta que se resuelva la renovación, de modo que no quedas en situación irregular mientras esperas.
- La UGE suele resolver con agilidad, en un plazo aproximado de 20 días hábiles. Si no resuelve en el plazo legal, la solicitud se entiende estimada por silencio administrativo positivo.
En la práctica, lo ideal es empezar a reunir la documentación tres o cuatro meses antes de la caducidad: pedir a tu empresa una carta actualizada, ordenar las nóminas o facturas de los últimos doce meses, revisar el padrón y comprobar la vigencia del seguro médico llevan tiempo. Si tramitaste la autorización inicial desde España, ya conoces el circuito. Si vienes de un visado consular, revisa nuestra comparación entre pedir el visado en el consulado o la autorización desde España.
Requisitos que se revisan al renovar la autorización de nómada digital
Para renovar debes acreditar que se mantienen las condiciones que justificaron la concesión inicial. Los puntos que revisa la Administración son:
- Continuidad de la actividad a distancia. Sigues trabajando por cuenta ajena para una o varias empresas de fuera de España, o por cuenta propia para clientes mayoritariamente extranjeros (con el límite del 20 % de facturación con empresas españolas).
- Antigüedad y estabilidad de la relación. La empresa o los clientes principales mantienen el vínculo contractual, idealmente el mismo que se presentó al inicio o uno equivalente sin interrupciones relevantes.
- Ingresos por encima del umbral. Se exige acreditar recursos económicos equivalentes al 200 % del salario mínimo interprofesional para el titular, con incrementos por cada familiar a cargo. Como el SMI se actualiza cada año, conviene comprobar la cifra vigente en la información oficial del Ministerio de Inclusión antes de presentar.
- Seguro médico o Seguridad Social. O bien mantienes el alta y las cotizaciones en la Seguridad Social española (o el certificado de cobertura de tu país si hay convenio), o bien un seguro médico privado con cobertura completa en España y sin copagos.
- Residencia efectiva. Padrón activo y permanencia real en España. Recuerda que las ausencias prolongadas pueden dificultar la renovación.
- Ausencia de antecedentes penales durante la residencia y estar al corriente de obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Para calcular con precisión el umbral de ingresos según tu unidad familiar, te ayudará el artículo sobre ingresos mínimos para la visa de nómada digital y cómo calcularlos.
Documentación habitual para la renovación
Aunque cada caso varía, la documentación para renovar la autorización de nómada digital suele incluir:
- Pasaporte completo en vigor y TIE actual.
- Formulario de solicitud de renovación y justificante del abono de la tasa (modelo 790-052).
- Carta actualizada de la empresa extranjera confirmando que la relación laboral continúa, el puesto, la antigüedad (mínimo tres meses con esa empresa) y la autorización expresa para teletrabajar desde España; o, si eres autónomo, contratos vigentes con clientes y facturas.
- Nóminas o facturas de los últimos 12 meses y extractos bancarios que muestren el ingreso efectivo de esos importes.
- Justificante de vida laboral y de estar al corriente con la Seguridad Social, o póliza de seguro médico privado en vigor.
- Certificado de empadronamiento actualizado.
- Declaración de la renta (IRPF) del ejercicio correspondiente, si ya eres residente fiscal; sobre esto conviene leer la guía de fiscalidad para nómadas digitales en España.
- Registro de entradas y salidas o documentación que acredite la permanencia efectiva.
Si tu contrato ha cambiado desde la concesión inicial (nueva empresa, paso de asalariado a autónomo, cambio de funciones), refuerza el expediente con una explicación y con los documentos que demuestren que sigues cumpliendo el supuesto de teletrabajo internacional.
Cómo se tramita la renovación ante la UGE
La renovación de la autorización de teletrabajo internacional se tramita ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE), dependiente del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, de forma telemática a través del portal MERCURIO. Los pasos habituales son:
- Acceder al portal con certificado digital, propio o de un representante autorizado.
- Cumplimentar el formulario de renovación y adjuntar la documentación escaneada, ordenada y en los formatos admitidos.
- Abonar la tasa y presentar el justificante.
- Esperar la resolución (en torno a 20 días hábiles). Si hay algún defecto subsanable, la UGE envía un requerimiento con un plazo para aportar lo que falta: conviene revisar las notificaciones electrónicas con frecuencia.
- Con la resolución favorable, pedir cita para la toma de huellas y la expedición de la nueva TIE, que reflejará el nuevo periodo de dos años.
El marco legal de referencia es la Ley 28/2022 de fomento del ecosistema de las empresas emergentes (la «Ley de startups»), que creó esta autorización, junto con el Reglamento de Extranjería. Si necesitas repasar el punto de partida, en la guía de requisitos de la visa de nómada digital en España tienes la ruta completa de la primera solicitud.
Qué pasa si bajan tus ingresos o cambian tus circunstancias
Este es el motivo de denegación más frecuente en las renovaciones. La Administración quiere ver que mantienes el nivel de recursos exigido. Si tus ingresos han bajado, ten en cuenta:
- Se valora el conjunto del periodo, no un mes aislado. Unos meses flojos compensados por otros mejores, con una media anual por encima del umbral, suelen ser defendibles con una buena explicación.
- Puedes sumar fuentes: varios clientes, un segundo contrato remoto, rendimientos acreditables o ahorros estables que complementen los ingresos del trabajo.
- Si has pasado de asalariado a autónomo, aporta contratos y una previsión de facturación coherente. La clave es demostrar continuidad de la actividad a distancia.
- Si la caída es estructural y no llegas al umbral, conviene analizar alternativas antes de que caduque la tarjeta: otra vía de residencia, reorganizar la actividad o, en algunos casos, un cambio de autorización. Cuanto antes se detecte, más margen hay.
Presentar una renovación a sabiendas de que no se cumple el umbral, sin ninguna explicación ni documento de apoyo, es la vía más rápida a una denegación. Es mejor preparar el expediente con antelación y, si hay dudas, plantear el caso a un profesional.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo hay que renovar la visa de nómada digital?
La renovación se puede presentar durante los 60 días naturales anteriores a la caducidad de la autorización y hasta 90 días naturales después. Presentarla en plazo prorroga la validez de la tarjeta anterior hasta que se resuelva. Lo recomendable es empezar a preparar la documentación tres o cuatro meses antes.
¿Cuánto dura la renovación?
La autorización inicial tramitada desde España ante la UGE dura tres años y las renovaciones son de dos años cada una (esquema 3+2), siempre que se mantengan las condiciones que dieron lugar al permiso.
¿Qué ingresos hay que acreditar para renovar?
Con carácter general, recursos equivalentes al 200 % del salario mínimo interprofesional para el titular, con incrementos por cada familiar a cargo. Como el SMI se actualiza cada año, hay que comprobar la cifra vigente en la información oficial antes de presentar la solicitud.
¿Qué pasa si bajan mis ingresos?
Se analiza la media del periodo, no un mes suelto. Unos meses más bajos compensados por otros mejores, con una media anual por encima del umbral y una explicación documentada, suelen ser defendibles. Si la caída es estructural, conviene estudiar alternativas antes de que caduque la autorización.
¿Se puede renovar si he cambiado de empresa?
Sí, siempre que sigas cumpliendo el supuesto de teletrabajo internacional: nueva empresa o clientes de fuera de España, relación estable y con la antigüedad mínima exigida, e ingresos suficientes. Conviene añadir una explicación del cambio y la documentación de la nueva relación.
¿Dónde se tramita la renovación?
Ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE), de forma telemática por el portal MERCURIO, con certificado digital propio o de un representante. La resolución suele llegar en torno a 20 días hábiles.
Renovar la autorización de nómada digital en España se resuelve bien cuando se planifica: marcar en el calendario la ventana de 60 días previos a la caducidad, reunir con tiempo la carta de empresa actualizada, las nóminas o facturas de doce meses y el seguro o la vida laboral, y revisar que los ingresos siguen por encima del 200 % del SMI vigente.
El punto crítico casi siempre son los ingresos y la continuidad de la actividad. Si algo ha cambiado desde la primera concesión, es mejor detectarlo pronto y llevar el expediente reforzado que improvisar.
En Migralis revisamos tu situación antes de la caducidad, preparamos la documentación para la UGE y te decimos si conviene renovar como nómada digital o valorar otra vía de residencia.

