Calculadora de IPREM para reagrupación familiar en España
Descubre exactamente qué renta mensual debes acreditar como reagrupante para traer a tu familia a España. Cálculo instantáneo basado en el IPREM oficial vigente y el nuevo Reglamento de Extranjería, según el número de familiares que quieras reagrupar.
Paso 1 · ¿A cuántos familiares quieres reagrupar?
Paso 2 · Desglose de la renta mensual exigida
Paso 3 · Tu resultado
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Requisitos económicos reagrupación familiar
¿Cuánto dinero necesitas para reagrupar a tu familia en España? (2026)
La reagrupación familiar exige que el reagrupante acredite medios económicos suficientes y estables para atender las necesidades de la familia una vez reagrupada. El baremo de referencia oficial es el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que en 2026 se sitúa en 600 €/mes y 7.200 €/año.
Tabla completa de medios económicos — IPREM 2026
| Unidad familiar | Personas | % IPREM mensual | Mensual mínimo | Anual (12 meses) |
|---|---|---|---|---|
| Reagrupante + 1 familiar | 2 | 150% | — | — |
| Reagrupante + 2 familiares | 3 | 200% | — | — |
| Reagrupante + 3 familiares | 4 | 250% | — | — |
| Reagrupante + 4 familiares | 5 | 300% | — | — |
| Reagrupante + 5 familiares | 6 | 350% | — | — |
* Cifras calculadas sobre el IPREM 2026: 600 €/mes · 7.200 €/año. La tabla se actualiza automáticamente con cada revisión oficial del IPREM.
Fórmula oficial de cálculo
- Unidad de 2 personas (reagrupante + 1 familiar): 150% del IPREM mensual → 900 €/mes
- Cada familiar adicional a partir del segundo: + 50% del IPREM por cada uno → +300 €/mes por persona
- Ejemplo (cónyuge + 2 hijos, unidad de 4): 250% del IPREM → 1.500 €/mes
¿Qué familiares se pueden reagrupar?
Con carácter general pueden reagruparse el cónyuge o pareja registrada, los hijos menores de edad o con discapacidad, los menores sobre los que se ostente representación legal y los ascendientes en línea directa del reagrupante o de su cónyuge que estén a su cargo y cuando concurran razones que justifiquen su residencia en España. Cada familiar reagrupado incrementa la renta exigida según la fórmula anterior.
¿Cómo se acreditan los medios económicos?
- Contrato de trabajo y nóminas del reagrupante (rendimientos del trabajo)
- Declaración de la renta (IRPF) y vida laboral actualizada
- Rendimientos de actividad por cuenta propia (autónomos): declaraciones trimestrales y anuales
- Extractos bancarios que demuestren ingresos regulares y ahorro disponible
- Prueba de la disponibilidad y permanencia de los recursos durante el año siguiente a la solicitud
Preguntas frecuentes
