ICT-UE: traslado intraempresarial con movilidad europea | Migralis Glosario
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¿Qué es la ICT-UE?


La ICT-UE es la autorización de traslado intraempresarial armonizada por la Directiva 2014/66/UE, dirigida a directivos, especialistas y trabajadores en formación trasladados desde una empresa fuera de la UE a una entidad del mismo grupo en España. A diferencia de la ICT nacional, incorpora el derecho a la movilidad dentro de otros Estados miembros.

¿Qué es?

La ICT-UE (Intra-Corporate Transfer, régimen UE) es la autorización armonizada por la Directiva 2014/66/UE que permite a una empresa o grupo empresarial trasladar temporalmente a España a directivos, especialistas y trabajadores en formación desde una entidad situada fuera de la Unión Europea. Se gestiona como un régimen autónomo dentro de la Ley 14/2013, a través de la UGE.

Su rasgo distintivo frente a la ICT nacional es que incorpora el derecho a la movilidad dentro de otros Estados miembros de la UE, aunque cada desplazamiento posterior debe cumplir igualmente la comunicación o autorización exigida por el país de destino.

¿A qué perfiles se dirige?

👔
Directivos
Personal con funciones de dirección de la entidad de acogida, bajo supervisión general de la junta o accionistas.
🎯
Especialistas
Trabajadores con conocimientos especializados esenciales para la entidad de acogida, incluida su cualificación profesional.
🎓
Trabajadores en formación
Personal titulado universitario trasladado para su desarrollo profesional o formación en técnicas de la empresa.

Vigencia y renovación

PerfilDuración máxima
Directivos y especialistasHasta 3 años
Trabajadores en formaciónHasta 1 año
💡

Movilidad UE: el titular de una ICT-UE puede desplazarse a trabajar temporalmente a una entidad del mismo grupo en otro Estado miembro, siempre cumpliendo el trámite de comunicación o autorización que exija ese país.

Preguntas frecuentes

No automáticamente. La ICT-UE facilita la movilidad a otros Estados miembros, pero cada desplazamiento debe cumplir la comunicación o autorización que exija el país de destino según su propia normativa.
Depende del caso concreto y de si se cumplen los requisitos de la nueva vía solicitada. Al tratarse de una autorización vinculada al traslado y a la empresa de origen, conviene valorarlo con antelación al vencimiento.
La ICT-UE es una autorización de residencia con procedimiento propio ante la UGE, distinta del desplazamiento temporal de corta duración, que se rige por otras vías como el visado Schengen para estancias breves.