Carta de invitación para España: qué es y cómo tramitarla | Migralis Glosario
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¿Qué es la carta de invitación?


La carta de invitación es el documento oficial mediante el cual un ciudadano español, comunitario o extranjero residente legal en España invita a un extranjero a alojarse en su domicilio durante una estancia de carácter turístico o privado, comprometiéndose a costear los gastos de alojamiento durante el periodo de estancia. Se tramita ante la Comisaría de Policía del lugar de residencia del invitante.

¿Quién puede solicitar la carta de invitación?

Puede solicitarla un ciudadano español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o beneficiario del régimen comunitario, o un extranjero extracomunitario con residencia legal en España, a favor de un extranjero que pretenda acceder al territorio español por motivos turísticos o privados.

Solo es necesaria cuando el visitante extranjero va a alojarse en un domicilio privado. Quienes dispongan de reserva de hotel, apartamento turístico o viaje organizado no necesitan este documento, aunque sí pueden tener que acreditar dicha reserva como justificante de alojamiento.

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Aviso legal importante: El Código Penal tipifica como delito en su artículo 318 bis promover, favorecer o facilitar el tráfico ilegal o la inmigración clandestina. La invitación implica una declaración de veracidad del invitante, que asume responsabilidad sobre la información proporcionada en la solicitud.

Cómo se tramita la carta de invitación

Solicitar cita previa

El invitante solicita cita previa en la Comisaría de Policía de su lugar de residencia a través de la sede electrónica de la Policía Nacional.

Presentar la solicitud

Se aporta el impreso oficial con los datos del invitante, del invitado y el periodo previsto de estancia (máximo 90 días), además del justificante de pago de la tasa correspondiente.

Evaluación y posible entrevista

La Policía valora la veracidad de los datos, la validez de la documentación y la identidad del solicitante, pudiendo citar al invitante a una entrevista personal.

Resolución y recogida

Si la resolución es favorable, se expide la carta, que debe recogerse y remitirse a la persona invitada para su uso en el puesto fronterizo o ante el consulado.

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Dato práctico: El trámite no es inmediato: requiere resolución favorable, expedición y entrega antes de poder remitirse a la persona invitada, por lo que conviene solicitarla con suficiente antelación al viaje.

Datos y tasas de la carta de invitación

  • Solicitud de expedición de carta de invitación, con datos completos del invitante y del invitado
  • Periodo previsto de estancia, con un máximo de 90 días
  • Justificante de pago de la tasa correspondiente (modelo 790, código 012)
  • La validez de la carta concedida se extiende durante los nueve meses siguientes a la notificación de la resolución favorable

Preguntas frecuentes sobre la carta de invitación

Solo es necesaria si el visitante extranjero no comunitario va a alojarse en el domicilio privado de un familiar o amigo, en lugar de un hotel o alojamiento turístico con reserva. Si se dispone de reserva de hotel o de un alojamiento similar, la carta de invitación no es necesaria, aunque puede exigirse la reserva como documento probatorio del hospedaje.
Conforme a la normativa oficial, la validez de la carta de invitación se extiende durante los nueve meses siguientes a la notificación de la resolución favorable. Pasado ese plazo sin haberla utilizado, deja de tener efectos y sería necesario solicitar una nueva.
La carta de invitación cubre estancias de carácter turístico o privado con un máximo de 90 días, en línea con el límite general de estancia corta en el espacio Schengen. No sustituye una autorización de residencia ni habilita estancias más largas.
No. La carta de invitación únicamente acredita la disponibilidad de alojamiento. El invitado debe cumplir, además, el resto de condiciones de entrada exigidas: pasaporte válido, medios económicos suficientes, seguro de viaje y no estar sujeto a una prohibición de entrada, entre otras.
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