¿Qué es la equivalencia de estudios?
La declaración de equivalencia es el reconocimiento de un título universitario extranjero a nivel académico de Grado o Máster, con efectos exclusivamente académicos y administrativos en todo el territorio español, regulada por el Real Decreto 889/2022. No habilita para el ejercicio de profesiones reguladas, a diferencia de la homologación.
¿A quién aplica la equivalencia?
Aplica principalmente a dos perfiles: quienes tienen un título universitario extranjero correspondiente a una profesión no regulada en España, y quienes desean acreditar el nivel académico de su título (Grado o Máster) sin necesidad de vincularlo a una profesión regulada concreta.
Si su titulación no figura en el Anexo del RD 889/2022 como profesión regulada, no podrá optar a la homologación, pero sí podrá solicitar la equivalencia.
Importante: Los títulos extranjeros no tienen efectos automáticos en España, ni siquiera los expedidos en el marco del Espacio Europeo de Educación Superior (sistema Bolonia). Sin la equivalencia o la homologación, el título no tiene validez oficial en territorio español.
Requisitos según el nivel académico
Documentación habitual para la equivalencia
- Certificado académico con duración del plan de estudios en años académicos, asignaturas superadas y carga horaria total (en horas o créditos ECTS)
- Firma de la autoridad académica y sello de la universidad de origen
- Certificado de la institución de procedencia si se ha convalidado más del 15% de los créditos totales
- Traducción oficial al castellano
- Legalización o apostilla (exentos los títulos de países de la UE, EEE y Suiza)
- Justificante de pago, ya sea telemático, con modelo 790-107 o por transferencia
Preguntas frecuentes sobre la equivalencia
Términos relacionados
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