Si eres colombiano, llevas tiempo viviendo en España y todavía no tienes tu situación migratoria regularizada, el arraigo puede ser una de las vías para obtener una autorización de residencia por circunstancias excepcionales.

En 2026, la normativa española reconoce varias modalidades de arraigo: arraigo de segunda oportunidad, arraigo sociolaboral, arraigo social, arraigo socioformativo y arraigo familiar. Además, existen algunas vías excepcionales con plazo limitado que pueden ser relevantes para personas que ya estaban en España antes de 2026.

En esta guía te explicamos, con lenguaje claro, qué tipos de arraigo existen, qué requisitos debes revisar, qué documentos suelen pedirse y qué errores conviene evitar antes de presentar la solicitud.

🔔 Importante: esta información es general y no sustituye una valoración individual del caso. Cada expediente debe revisarse según la situación personal, familiar, laboral, documental y migratoria de la persona solicitante.

¿Qué es el arraigo y por qué es tan relevante para los colombianos en España?

El arraigo es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales dirigida a personas extranjeras que se encuentran en España y pueden acreditar vínculos reales con el país. Esos vínculos pueden ser de tipo social, familiar, laboral, formativo o económico, según la modalidad concreta.

Para muchas personas colombianas, el arraigo es una vía importante porque permite pasar de una situación irregular a una situación de residencia autorizada, siempre que se cumplan los requisitos legales y se aporte la documentación adecuada.

Desde la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Extranjería, aprobado por el Real Decreto 1155/2024, el régimen del arraigo cambió de forma relevante. Una de las novedades principales es que, con carácter general, el periodo de permanencia exigido para los arraigos ordinarios se reduce a dos años, salvo en el arraigo familiar, que no exige permanencia mínima.

Para la comunidad colombiana, el arraigo cobra una importancia especial porque muchas personas llegaron a España con estancia de turista o visado de corta duración y, una vez agotado el plazo legal, permanecieron en situación irregular. El arraigo representa, en muchos casos, la primera oportunidad real de acceder a la residencia legal y, con ella, al mercado laboral formal, a la asistencia sanitaria completa y a la posibilidad de reagrupar a su familia.

Según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), más de 450.000 colombianos residen en España, una cifra que sigue creciendo año tras año. Una parte significativa de ellos se encuentra en situación irregular o en proceso de regularización, lo que convierte el arraigo en uno de los procedimientos más demandados en los despachos de extranjería. Si ya tienes el empadronamiento en regla, puedes consultar nuestra guía: Colombianos en España 2026: guía para empadronarse sin errores.

Los cinco tipos de arraigo para colombianos en España

La normativa vigente contempla cinco modalidades principales de arraigo. La elección de una u otra depende de la situación concreta de la persona: si tiene una oferta laboral, familiares residentes, formación, una autorización anterior no renovada o un vínculo familiar específico con ciudadanos de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza.

1. Arraigo social

El arraigo social es una de las modalidades más conocidas, pero también una de las que más cambios ha tenido con la nueva normativa.

Actualmente, con carácter general, exige haber permanecido en España de forma continuada durante al menos dos años antes de presentar la solicitud. Ya no debe explicarse como una vía de tres años, salvo que se esté analizando normativa anterior o expedientes presentados bajo reglas previas.

Además de los requisitos generales, el arraigo social puede apoyarse en dos grandes escenarios:

  • La existencia de vínculos familiares con personas extranjeras titulares de autorización de residencia en España.
  • La acreditación del esfuerzo de integración mediante informe de integración social favorable.

Los vínculos familiares relevantes suelen referirse al cónyuge o pareja registrada y a familiares en primer grado en línea directa. Si no existen esos vínculos, cobra especial importancia el informe de integración social emitido por la comunidad autónoma competente o, cuando corresponda, por la corporación local habilitada.

En esta modalidad también deben revisarse los medios económicos disponibles en España, que pueden proceder de familiares en determinados supuestos o, si se cumplen los requisitos, de una actividad por cuenta propia.

2. Arraigo sociolaboral

El arraigo sociolaboral está dirigido a personas que llevan al menos dos años en España y cuentan con una o varias ofertas de trabajo que cumplen los requisitos exigidos por la normativa.

La clave de esta modalidad no es acreditar seis meses trabajados previamente, sino aportar uno o varios contratos de trabajo que garanticen, como mínimo, el salario correspondiente y una jornada semanal no inferior a 20 horas en cómputo global.

Puede ser una buena opción para personas colombianas que ya tienen una empresa interesada en contratarlas y pueden demostrar permanencia continuada en España durante el periodo exigido.

Antes de elegir esta vía, conviene revisar:

  • La duración y condiciones del contrato.
  • La jornada semanal total.
  • La solvencia y situación de la empresa o empleador.
  • El salario ofrecido según convenio o salario mínimo aplicable.
  • La documentación que acredita la permanencia en España.

Una vez admitida a trámite la solicitud de arraigo sociolaboral, la normativa prevé una habilitación provisional para residir y trabajar por cuenta ajena hasta que se resuelva el procedimiento.

3. Arraigo socioformativo

El arraigo socioformativo permite solicitar una autorización de residencia vinculada a una formación determinada. Es una vía especialmente interesante para personas que quieren regularizar su situación mientras mejoran su perfil profesional en España.

Para solicitarlo, la persona debe estar matriculada o estar cursando una formación admitida por la normativa. No toda formación sirve para esta modalidad, por lo que es fundamental revisar el tipo de centro, el programa, la duración, la modalidad y la validez de la formación antes de iniciar el expediente.

En términos generales, esta vía puede estar vinculada a determinadas formaciones profesionales, certificados profesionales, formación promovida por los servicios públicos de empleo o enseñanzas admitidas por la normativa vigente.

También debe aportarse informe de integración social favorable. Además, si la persona todavía no está matriculada al presentar la solicitud, puede existir un plazo posterior para acreditar la matrícula, según el caso.

Una vez concedido el arraigo socioformativo, la autorización habilita para trabajar por cuenta ajena, pero con un límite máximo de 30 horas semanales en cómputo global. Por tanto, no debe comunicarse como una autorización para trabajar a tiempo completo sin matices.

4. Arraigo familiar

El arraigo familiar también cambió con el nuevo Reglamento de Extranjería. Actualmente debe tratarse con especial cuidado, porque no debe confundirse con la autorización de residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española, que tiene una regulación propia.

En el régimen vigente, el arraigo familiar se centra principalmente en determinados supuestos vinculados a ciudadanos de otro Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza.

Por ejemplo, puede ser relevante para:

  • Progenitores o tutores de menores nacionales de otro Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, cuando convivan con el menor o estén al corriente de sus obligaciones paternofiliales.
  • Personas que prestan apoyo a una persona con discapacidad nacional de otro Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, cuando esa persona requiera apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica.

Si el caso afecta a un hijo o familiar de nacionalidad española, no conviene encajarlo automáticamente como arraigo familiar. En esos casos debe revisarse la vía específica de residencia para familiares de personas con nacionalidad española.

5. Arraigo por segunda oportunidad

El arraigo de segunda oportunidad está pensado para personas que ya tuvieron una autorización de residencia en España y que, por distintos motivos, no pudieron mantenerla o renovarla.

Puede ser una vía útil para colombianos que en el pasado estuvieron en situación regular, pero después perdieron su autorización y quedaron en situación irregular.

Para valorar esta modalidad hay que revisar, entre otros puntos:

  • Si la persona fue titular de una autorización de residencia anterior.
  • Si esa autorización no era una autorización por circunstancias excepcionales.
  • Si estuvo vigente dentro de los dos años inmediatamente anteriores a la solicitud.
  • Por qué motivo no se produjo la renovación o continuidad de la autorización.
  • Si existen antecedentes penales, órdenes de salida, expulsión o compromisos de no retorno.

Esta modalidad no debe explicarse como una vía basada únicamente en haber cotizado dos años. Lo importante es revisar la autorización anterior, su naturaleza y las razones por las que no se renovó.

Requisitos generales del arraigo

Aunque cada modalidad tiene requisitos propios, existen requisitos generales que suelen ser comunes en los expedientes de arraigo.

  • Encontrarse en España al momento de presentar la solicitud.
  • No tener la condición de solicitante de protección internacional en trámite, salvo que se esté analizando una vía extraordinaria específica.
  • Acreditar permanencia continuada en España durante el periodo exigido, salvo en el arraigo familiar.
  • No representar una amenaza para el orden público, la seguridad o la salud pública.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde se haya residido durante los cinco años anteriores a la entrada en España, por delitos existentes también en el ordenamiento jurídico español.
  • No figurar como rechazable en países con los que España tenga convenio en tal sentido.
  • No estar dentro de un plazo de compromiso de no retorno a España, si aplica.
  • Abonar la tasa correspondiente del procedimiento.
  • No ser titular de una autorización de estancia o residencia ni tener en trámite otro procedimiento de concesión, prórroga, renovación o modificación de autorización, salvo supuestos específicos.

Documentación actualizada para el arraigo en 2026

Con independencia de la modalidad elegida, todos los procedimientos de arraigo comparten una serie de documentos base que deberás reunir antes de solicitar cita previa:

  • Formulario EX–10 (solicitud de autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales), debidamente cumplimentado y firmado.
  • Pasaporte colombiano en vigor, o con vigencia mínima de cuatro meses en el momento de la presentación.
  • Documentación acreditativa de permanencia en España: contratos de arrendamiento, facturas de suministros, certificados de empadronamiento histórico, informes de vida laboral, etc.
  • Certificado de antecedentes penales del Registro Central de Penados de España y de la Policía Nacional de Colombia, con apostilla del Convenio de La Haya.
  • Prueba de medios económicos suficientes o contrato de trabajo firmado, según la modalidad.
  • Certificado médico según el modelo oficial del Ministerio de Sanidad.
  • Informe de integración social (únicamente para el arraigo social).

Todos los documentos expedidos en Colombia deben estar debidamente apostillados conforme al Convenio de La Haya cuando corresponda. Puedes consultar los requisitos vigentes en la Secretaría de Estado de Migraciones. Al estar redactados en español, normalmente no requieren traducción jurada, salvo que algún documento concreto esté emitido en otro idioma.

No debe incluirse el certificado médico como documento general del arraigo. Tampoco es necesario que la persona solicitante aporte un certificado español de antecedentes penales, ya que la Oficina de Extranjería recaba de oficio la información del Registro Central de Penados.

Cómo acreditar la permanencia continuada en España

La permanencia continuada es uno de los puntos más sensibles del expediente. No basta con decir que se lleva viviendo en España el tiempo exigido: hay que poder probarlo documentalmente.

Algunos documentos que pueden ayudar a acreditar permanencia son:

  • Certificado de empadronamiento histórico.
  • Informes médicos o citas sanitarias.
  • Documentación emitida por administraciones públicas.
  • Justificantes de estudios o formación.
  • Contratos de alquiler, recibos o facturas.
  • Documentos bancarios o de servicios que acrediten presencia en España.
  • Cualquier otro documento oficial o fehaciente que demuestre presencia continuada.

Para los arraigos ordinarios, la permanencia debe revisarse durante los dos años anteriores a la solicitud, salvo en el arraigo familiar. Además, deben controlarse las salidas de España, porque las ausencias pueden afectar al cómputo de permanencia.

Cómo presentar la solicitud de arraigo para colombianos en España

La solicitud de arraigo se presenta ante el órgano competente de Extranjería de la provincia donde reside la persona solicitante. En muchos casos puede presentarse presencialmente o por medios electrónicos, según el procedimiento habilitado y la situación concreta. Es importante revisar si la persona puede presentar por sí misma, si necesita representante o si procede la presentación telemática. También conviene comprobar la hoja informativa vigente de la modalidad elegida antes de preparar el expediente.

El plazo de resolución es, en teoría, de tres meses; si pasado ese tiempo no hay respuesta, se aplica el silencio administrativo negativo, aunque la jurisprudencia reciente ha matizado este punto en algunos supuestos.

Si el arraigo es rechazado, tienes derecho a interponer un recurso de alzada ante la Delegación del Gobierno en un plazo de un mes, o en última instancia un recurso contencioso-administrativo. Contar con asesoramiento jurídico especializado puede marcar la diferencia entre una resolución favorable y una denegación por defectos formales o documentales.

Una vez concedido el arraigo, el siguiente paso es obtener la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE). Consulta nuestra guía completa: Cómo obtener la TIE siendo colombiano en España: pasos después de llegar.

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Preguntas frecuentes sobre arraigo para colombianos en España

¿Qué tipo de arraigo conviene más a un colombiano?

Depende de tu situación concreta. Si llevas más de tres años en España y puedes obtener un informe de integración, el arraigo social es la opción más consolidada jurídicamente. Si llevas dos años y tienes experiencia laboral registrada en la Seguridad Social, el arraigo sociolaboral puede ser más rápido y sencillo. El arraigo socioformativo es ideal si quieres combinar regularización con formación profesional. En todos los casos, lo más recomendable es hacer una valoración previa con un abogado especializado.

¿Cuánto tiempo debo llevar viviendo en España para solicitar el arraigo?

Con carácter general, los arraigos ordinarios exigen dos años de permanencia continuada en España. El arraigo familiar no exige permanencia mínima.

¿El arraigo social sigue exigiendo 3 años?

No como regla vigente general. Con el nuevo Reglamento de Extranjería, el plazo ordinario de permanencia para el arraigo social es de dos años. Es importante no basarse en información anterior al nuevo reglamento.

¿Puedo solicitar arraigo si pedí asilo en España?

Depende del estado de tu expediente y de la vía concreta. Para los arraigos ordinarios, el tiempo como solicitante de protección internacional no computa hasta que exista resolución firme. En 2026 existen vías extraordinarias para determinados solicitantes, pero deben revisarse caso por caso.

¿Necesito contrato de trabajo para todos los tipos de arraigo?

No. El contrato de trabajo es clave en el arraigo sociolaboral, pero no todos los arraigos funcionan igual. En el arraigo social pueden existir vías basadas en vínculos familiares, integración y medios económicos. En el socioformativo, el elemento central es la formación admitida por la normativa.

¿Qué pasa si tengo un hijo español?

No conviene asumir automáticamente que corresponde arraigo familiar. Con la normativa vigente, los familiares de personas con nacionalidad española tienen una regulación propia que debe revisarse de forma específica.

¿Cuánto tarda la resolución del arraigo en 2026?

Los plazos varían según la Oficina de Extranjería de cada provincia. En términos generales, oscilan entre tres y seis meses desde la presentación. Las comunidades autónomas con mayor volumen de solicitudes, como son Madrid, Cataluña, Comunidad Valenciana y Andalucía, suelen presentar tiempos de espera más largos. Contar con un expediente bien documentado y sin errores formales reduce considerablemente el riesgo de requerimientos adicionales que alarguen el proceso.

¿El arraigo permite trabajar una vez concedido?

Sí, pero con matices importantes.

Con carácter general, la concesión de una autorización de residencia por circunstancias excepcionales lleva aparejada autorización de trabajo por cuenta ajena o propia en España, sin limitación geográfica ni de ocupación durante su vigencia.

Sin embargo, existen excepciones. En el arraigo socioformativo, la autorización permite trabajar por cuenta ajena hasta un máximo de 30 horas semanales. En el arraigo sociolaboral, además, la normativa prevé una habilitación provisional para residir y trabajar por cuenta ajena una vez admitida a trámite la solicitud y hasta que se resuelva el procedimiento.

Conclusión: el arraigo para colombianos como puerta a una vida regular en España

El arraigo para colombianos en España puede ser una herramienta muy útil para regularizar la situación migratoria, pero no todas las personas encajan en la misma modalidad.

Antes de presentar la solicitud, conviene revisar con detalle la permanencia en España, los antecedentes penales, la situación laboral o formativa, los vínculos familiares, las salidas del país y cualquier expediente migratorio previo o pendiente.

En Migralis acompañamos a personas colombianas que quieren regularizar su situación en España con una ruta clara, revisión documental y orientación adaptada a su caso. Si tienes dudas sobre cuál es tu mejor opción, pide una consulta personalizada y trazaremos juntos el camino más seguro hacia tu regularización en España.